La Sala I del Tribunal de Casación Penal resolvió dejar sin efecto la revocatoria de la libertad asistida que había sido dictada a fines de agosto contra Ariel Gustavo Troncoso, condenado a 18 años de prisión por el femicidio de Melina Briz. La pena vence en octubre de 2030.
Poco más de dos meses después de que la Sala III de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal revocara la medida dispuesta por el Juzgado de Ejecución Penal N°2, el máximo tribunal penal bonaerense resolvió mantener la decisión original que había otorgado a Troncoso el régimen de libertad asistida.
Los jueces Daniel Carral y Ricardo Maidana señalaron en su fallo que debía evaluarse el comportamiento del condenado durante el período en que se encuentra bajo ese régimen. Indicaron que, desde julio de 2025, Troncoso ha estado bajo el control del Patronato de Liberados, sin que se registraran objeciones a su cumplimiento.
En su resolución, de cuatro páginas, los magistrados consideraron que revocar la concesión de la libertad asistida implicaría “un grave retroceso en el proceso de integración social” y resolvieron casar la decisión de la Sala III de la Cámara de Apelación y Garantías del Departamento Judicial Mar del Plata, manteniendo en todos sus términos lo resuelto por el Juzgado de Ejecución Penal N°2.
La familia de Melina Briz informó que no apelará la decisión. Horacio, papá de la víctima expresó que, pese al esfuerzo realizado junto a su abogada, considera que continuar el reclamo “no tiene salida”.
Troncoso fue condenado en abril de 2015 como autor penalmente responsable del homicidio simple de Melina Briz, ocurrido en febrero de 2012. Tras acceder al régimen de libertad asistida, fijó domicilio en un complejo habitacional de Mar del Plata.

