La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación oficializó este martes la derogación de las normas que regulaban el peso mínimo obligatorio para la faena de animales bovinos, en el marco de un proceso de desregulación de políticas agropecuarias. La medida fue publicada en el Boletín Oficial y entrará en vigencia a partir del 1° de enero de 2026.
Las disposiciones ahora derogadas fueron establecidas a partir de 2007, durante sucesivos gobiernos, y buscaban asegurar un mayor peso en los animales faenados. Según la resolución, estas regulaciones “no lograron mejorar de manera sostenida la productividad ni la calidad” en la actividad ganadera.
En los fundamentos, la Secretaría de Agricultura señaló que los productores disponen actualmente de “los conocimientos técnicos, la experiencia y las herramientas de gestión adecuadas para determinar el momento óptimo de faena”, por lo que la normativa vigente fue considerada “innecesaria”.
La decisión se apoya en los postulados del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 70/2023, que establece la desregulación de actividades económicas y la eliminación de restricciones que afecten la libre iniciativa privada y la interacción entre oferta y demanda. En ese sentido, el Ministerio de Economía argumentó que las disposiciones anteriores generaban “incertidumbre normativa” y “afectaban la previsibilidad necesaria para la planificación del ciclo productivo ganadero”.
En el comunicado oficial posterior a la publicación de la medida, la cartera de Agricultura afirmó que el peso medio de faena ha registrado oscilaciones desde 1998 que no estuvieron vinculadas al cumplimiento de la normativa, sino a factores como el clima, las condiciones del mercado, las restricciones a las exportaciones y los precios relativos.
También se citó evidencia internacional que indica que países sin regulaciones de este tipo han alcanzado pesos promedio de faena superiores. Por este motivo, el Gobierno consideró que la eficiencia productiva no depende de intervenciones estatales en este aspecto.
La medida no afectará los procedimientos administrativos ni las infracciones constatadas antes del 1° de enero de 2026, los cuales continuarán según la normativa vigente al momento en que se produjeron los hechos.
Antecedentes normativos
La regulación del peso mínimo de faena se inició en 2007, con la resolución N° 68, que fijó umbrales mínimos para las categorías de novillitos y vaquillonas, y un régimen sancionatorio para la faena de animales por debajo de ese peso. En 2010, se estableció un mínimo de 99 kg por media res y un peso de 165 kg para animales mamones y terneros.
En 2019, se introdujeron modificaciones que diferenciaban los pesos mínimos por sexo: 165 kg para machos y 140 kg para hembras, incorporando excepciones por razones sanitarias, nutricionales o de destino comercial.
El Gobierno fundamentó la derogación en la intención de avanzar hacia un modelo de menor intervención estatal, en línea con su política general de desregulación económica.

