La investigadora del CONICET fue notificada este viernes de que ya no forma parte del organismo y debió retirarse de la Estación Experimental. La medida se originó en presuntas irregularidades vinculadas con el manejo de información reservada y la administración de fondos europeos del Proyecto Sprint. Su abogado, Mario Bolla, cuestionó duramente la decisión y anticipó que continuarán por la vía administrativa y judicial.
La situación de Virginia Aparicio, ingeniera agrónoma e investigadora del CONICET, sumó un nuevo capítulo esta semana luego de que el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) hiciera efectiva su exoneración y le comunicara formalmente que ya no pertenece al organismo.
Según trascendió, la posibilidad de que se adoptara esta medida ya había sido contemplada por la defensa de la investigadora. Durante los primeros días de la semana, el INTA expuso públicamente los fundamentos de la decisión. Sin embargo, el martes Aparicio concurrió a trabajar a la Estación Experimental, por indicación de su abogado, el doctor Mario Bolla.
La situación cambió este viernes, cuando las autoridades le solicitaron que se retirara de las instalaciones y procedieron a darle de baja del sistema como empleada del organismo. La comunicación se realizó mediante una nota en la que se le informó que ya no forma parte de la institución.
De esta manera, Aparicio no podrá regresar a su puesto de trabajo mientras la medida se encuentre vigente, salvo que una resolución judicial disponga lo contrario.
En declaraciones vinculadas con el caso, su abogado cuestionó con dureza el procedimiento. «Se ha tomado una medida típica de la Dictadura Militar», sostuvo Bolla, quien adelantó que agotarán las instancias administrativas y continuarán las acciones necesarias para que su defendida pueda recuperar el lugar que, según considera, le corresponde.
El Proyecto Sprint, en el centro de la sanción
El Proyecto Sprint fue el eje central de las actuaciones administrativas que derivaron en la exoneración. Entre los principales cuestionamientos formulados por el Consejo Directivo del INTA aparece la participación de José Luis Costa, investigador retirado del organismo y conviviente de Aparicio, en distintas instancias del proyecto.
Según surge de la resolución, las declaraciones juradas incorporadas al legajo de la investigadora registran una unión de hecho con Costa desde septiembre de 2005.
El Consejo Directivo consideró que Aparicio habría utilizado sus atribuciones como coordinadora para otorgarle a Costa una posición particular en la participación, conducción y supervisión de información reservada, sin contar con la autorización institucional correspondiente ni con una formalización por parte de los órganos competentes.
Otro de los aspectos señalados fue que Costa ya se encontraba retirado y no mantenía un vínculo institucional vigente con el INTA. A pesar de ello, figuraba en el documento informativo entregado a los voluntarios del proyecto entre las personas habilitadas para acceder a los datos, incluso cuando estos no estaban codificados.
Para el organismo, esta situación constituyó uno de los elementos relevantes en la evaluación de las responsabilidades atribuidas a Aparicio.
Los fondos europeos y los gastos observados
El segundo eje de la sanción está relacionado con la administración de los recursos europeos destinados al Proyecto Sprint.
La resolución detalla ingresos por $5.661.483,83, egresos por $5.527.359,58 y un saldo final de $134.124,25.
Entre las operaciones observadas aparece un pago de $1.688.445,82 realizado en julio de 2022 a la empresa World Courier, correspondiente al envío de muestras a los Países Bajos.
Sin embargo, el propio Consejo Directivo aclaró que los montos consignados no permiten establecer, por sí solos, la existencia de un perjuicio fiscal equivalente.
En ese sentido, la resolución sostiene que la utilización indebida de recursos públicos puede configurar una infracción administrativa aun cuando no se haya demostrado un daño económico concreto, una apropiación de fondos o la obtención de un beneficio personal.
Dentro de ese análisis, el organismo consideró que la decisión de centralizar los análisis de las muestras en el exterior fue impulsada por Aparicio sin contar con la autorización institucional requerida.
La resolución también reconoce que no se acreditó la existencia de un beneficio económico personal para la investigadora y que tampoco registraba antecedentes disciplinarios. No obstante, el Consejo Directivo entendió que esas circunstancias no modificaban la gravedad de las faltas administrativas que le atribuyó.
Un conflicto que continuará en la Justicia
Con la notificación formal y la baja del sistema, la exoneración pasó a tener consecuencias concretas sobre la situación laboral de Aparicio dentro del INTA.
La defensa, por su parte, anticipó que continuará cuestionando la decisión y agotará las instancias administrativas antes de avanzar en las acciones judiciales correspondientes.
El caso abre así una nueva etapa de un conflicto que excede la situación individual de la investigadora y pone bajo discusión los procedimientos de control institucional, el manejo de información sensible y la administración de fondos internacionales dentro de proyectos de investigación.

